¿Qué es el COCOIN?
El control interno es un proceso constante y continuo llevado a cabo por la dirección, la gerencia y otros miembros del personal tanto en entidades públicas como privadas. Su objetivo principal es brindar apoyo a los funcionarios públicos en la prevención de posibles violaciones legales y éticas durante la gestión y administración de los recursos nacionales. Este control interno abarca una serie de acciones preventivas, concurrentes y posteriores que son implementadas por la entidad sujeta a fiscalización. Su propósito es asegurar que la gestión de los recursos, activos y operaciones se realice de manera eficiente y correcta.
El control interno, de conformidad al Artículo 46 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas, comprende la serie de acciones diseñadas y ejecutadas por la administración activa para proporcionar una seguridad razonable en torno a la consecución de los objetivos de la organización, fundamentalmente en los siguientes aspectos:
1) Procurar la efectividad, eficiencia y economía en las operaciones y la calidad en los servicios;
2) Proteger los recursos públicos contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal;
3) Cumplir las leyes, reglamentos y otras normas gubernamentales; y,
4) Elaborar información financiera válida y confiable presentada con oportunidad.
El COCOIN está regulado por la siguiente normativa:
Marco Rector de Control Interno.
Guías de Implementación de Control Interno.
Reglamento para el Sistema Nacional de Control de los Recursos Públicos (SINACORP).
Las opiniones y recomendaciones que emite el COCOIN, en el ejercicio de sus funciones, deben estar fundamentadas y no tienen carácter vinculante.
El COCOIN en el ejercicio de sus funciones puede solicitar la participación en sus sesiones, de representantes o cualquier persona según se estime conveniente, de acuerdo con los temas tratados en las mismas.
El COCOIN tiene las siguientes obligaciones en el ejercicio de sus funciones:
Atender las opiniones y recomendaciones que les sean solicitadas en el ejercicio de sus funciones.
Realizar sesiones y adoptar acuerdos en el modo y forma que se establece en el Reglamento.
POLITICAS INSTITUCIONALES COCOIN
- VER POLITICAS INSTITUCIONALES COCOIN